Gibraltar, ¿por qué surge el conflicto?
Actualmente los
telediarios y periódicos nacionales e internacionales están continuamente haciendo
eco de lo que está surgiendo en Gibraltar estos últimos meses y días – por ello
me pregunto – si somos o no conscientes realmente de cuál es el conflicto que nuestro
país tiene con Gibraltar. En este post intento
hacer un resumen histórico e indagar en las raíces de lo que todavía hoy día
estamos viviendo y que algún día seguirá siendo historia, el conflicto de Gibraltar.
El
peñón fue ocupado en 1704 por el Reino Unido en la Guerra de Sucesión, Reino
Unido a favor del pretendiente de Carlos, archiduque de Austria. Posteriormente,
en 1713 se firma el Tratado de Utrecht, mediante el cual España va a ceder a la
corona de Gran Bretaña la plena propiedad y el castillo de Gibraltar. Se trata
de un tratado que cede el peñón a Reino Unido, en el que vemos la ciudad, el
castillo, el puerto y la defensa y fortaleza, no el istmo ni aguas marítimas.
El Tratado de Utrecht cede “a la corona de la Gran Bretaña la plena y
entera propiedad de la ciudad y castillo de Gibraltar juntamente con su puerto,
defensa y fortaleza que le pertenecen, dando la dicha propiedad absolutamente
para que la tenga y goce con entero derecho y para siempre. Si en algún tiempo
la Corona de Gran Bretaña le pareciere conveniente dar, vender o enajenar de
cualquier modo la propiedad de la dicha ciudad de Gibraltar, se ha convenido y
acordado por este tratado que se dará a la corona de España la primera acción
antes que a otros para redimirla”.
Esta cesión
significa que antes de ofrecerla a otros países, primero el Reino Unido tendrá
que ofrecer Gibraltar a la propia España; ya que tiene preferencia sobre los
demás países. Se le daba a Gran Bretaña una frontera, pero ésta ocupa otro
trecho más del terreno a través de lo que jurídicamente en la rama civil se
denomina usucapión (poseerlo sin
título jurídico por el hecho del paso del tiempo). Ese espacio de territorio
poco a poco se ha ido poseyendo u ocupando sin que hubiera protesta y sin que hubieran
hecho nada las autoridades, dando así lugar a la adquisición del territorio.
Pues
bien, el siglo XIX asistimos a una progresiva ocupación de una franja de
terreno (istmo) no cedido mediante el tratado. Y en el siglo XX se construye la
famosa verja en el istmo y después Reino Unido aprovecha una situación de
debilidad española para construir el aeropuerto de Gibraltar. En España, este
conflicto es doble:
Por un lado, conflicto de naturaleza colonial: la solución no
debe de venir del principio de la libre autodeterminación de los pueblos, ya
que no puede suponer la realización de un referéndum.
Por otro lado, conflicto del istmo: ya no hay cesión ni conflicto
de naturaleza colonial, ya que el Reino Unido alega que se ha producido un caso
de usucapión.
Cuando
entra en vigor la Carta de las Naciones Unidas, algunos solicitaron que el
Comité de los 24 se ocupase del tema. En 1964, se consigue un consenso dentro
de ese comité para que al año siguiente se apruebe la Resolución 2070 en el
seno de la Asamblea de las Naciones Unidas. Requiere que las partes implicadas
se pongan de acuerdo para llegar a la solución del problema teniendo en cuenta
los intereses de la población.
Posteriormente la Resolución 2353 mediante la cual
la Asamblea de NU condena la celebración de Reino Unido de un referéndum en el
territorio del peñón. La solución debe venir por la vía del restablecimiento de
la unidad de España. La resolución 2353 de 1967 confirmó la aplicación del
párrafo 6 a Gibraltar, y la primacía de la integridad territorial sobre la
Libre determinación. Plantea la población dentro de este territorio tiene un
Derecho territorial con libre determinación del población de Gibraltar. Pero,
¿Todos los pueblos coloniales tiene un Derecho de libre determinación? Ahí está
el problema porque no todos los pueblos coloniales tienen Derecho a la
autodeterminación porque esta población adquiere ese territorio por medio de
población inglesa donde antes, en Gibraltar no era ocupado por españoles que
decaía el derecho de descubrimiento y que pasa la propiedad a esa población
inglesa.. Al cabo de tiempo si no hubiera sido ocupado por Inglaterra, España
podía ocupar Gibraltar. Así que, no es una población autóctona de España, es del
Reino Unido pero no son poblaciones distintas; por lo tanto para España, el
problema es que Gibraltar no tiene Derecho a la autodeterminación, aunque esté
separado por un mar, no se trata de una población separada desde el punto de
vista cultural e histórico. Son británicos puros. Por lo tanto, a eso se debe el
referéndum y establece ese territorio seguir teniendo nacionalidad española.
Ese es el truco jurídico de RU donde dando a elegir su nacionalidad; con una
mayor probabilidad de elegir antes a su nacionalidad originaria que a una
nacionalidad española.
Nada
se dice en el Tratado de Utrecht que se ceda soberanía sobre aguas
internacionales sobre el peñón. No ha cedido aguas. Los RU establecen que antes
no había importancia sobre el mar por lo que no se reguló esta materia. Se
hablaba entonces de la regla de las 3 millas. Se aplica por la doctrina por un libro que se llama Puerto seco. Cabe la posibilidad de que
se pueda ceder territorio sin cesión de
aguas territoriales aunque tenga un Derecho a territorio marítimo.
En
la Constitución de Gibraltar de 1968 establece: “El gobierno de su majestad no concertará acuerdo alguno en virtud del
cual el pueblo gibraltareño pase a depender de la soberanía de otro Estado
contra su voluntad libre y democráticamente expresada”. Lo único que tiene
en cuenta son los intereses de la población gibraltareña y es lo único que en
la ONU se establece. Por lo tanto, para evitar que se produzca esa
aquiescencia, los españoles no han protestado debido a problemas políticos en
España, pero este no es un argumento el cual se pueda agarrar el RU porque sí
que ha habido protestas y que RU sea una gran potencia, no ayuda a España para
posibles denuncias y quejas.
Posteriormente, dos años después en la Resolución
2429 Naciones Unidas pide la finalización de una situación que considera de
naturaleza colonial. Dice que cualquier
solución que se le quiera dar tiene que pasar por un referéndum del pueblo de
Gibraltar.
España y Reino Unido mantienen
rondas negociadoras que llagan hasta hoy con pocos resultados prácticos: en la
primera ronda, Reino Unido le propone a España someter el conflicto al TSJ,
pero no acepta, ya que quiere una solución negociada y que deje de lado el
arreglo judicial.
Las negociaciones fracasan
porque Reino Unido sigue insistiendo que ese istmo le pertenece. Por ello
España rompe todo tipo de comunicación entre península y peñón, cerrando la
verja y zona prohibida al vuelo desde el peñón.
Hasta 1980 no se reanudan las
negociaciones, se produce la Declaración
de Lisboa donde las partes se comprometen poner in al conflicto conforme a
los postulados de Naciones Unidas. Aprobada esta declaración surgen
controversias porque las partes no se ponen de acuerdo en como interpretar la
declaración que ellos han acordado.
En 1982 los gibraltareños
logran la apertura de la verja. Posteriormente surge la Declaración de Bruselas donde se establece un calendario de
reuniones periódicas.
En
1984, se establece la Declaración de Bruselas (proceso de Bruselas) donde se
acuerda incluir la cuestión de la soberanía. Se busca vías de solución y
calcular los tiempos para lograrlo. La postura que establece el gobierno
español, con independencia de que se reclama por la usucapión sin título
jurídico, también se trata de acercarse a la población con independencia de que
haya posiciones firmes, sin embargo hay que tratar de acercarse a esa
población.
Se
levantan medidas restrictivas a partir de 1985, se abre una apertura total de
la verja excepto en las comunicaciones aéreas.
En
1987 se tratan de solucionar los problemas del aeropuerto, para poder usarlo
conjuntamente. Posteriormente hemos asistido a un empeoramiento de las
relaciones y también de un intento de solucionar el conflicto: El enfrentamiento procedía de naturaleza pesquera,
ya que los pescadores de Algeciras pescaban en aguas de soberanía española (ya
que no habían sido cedidos). La solución vino por un Acuerdo político donde las
partes se pusieron de acuerdo para el día a día y mantener una convivencia,
decidieron hasta donde debían faenar unos y otros. Intento inmediato de poner fin al conflicto, en el
cual se pusieron fechas, pero vemos que hoy en día todavía sigue vigente. El
problema se extiende incluso a la aplicación del derecho comunitario. El
problema de fondo es que el pueblo gibraltareño no quiere al pueblo español.
En 2004 se abre otro
proceso de diálogo para no cerrarse para poder crear un mecanismo donde cada
periodos de tiempo, se junten las partes para acordar sobre controversias para
poder aumentar la integridad territorial mediante comisiones mixtas. Cada parte
tiene voz propia y separada, participando sobre la misma base y se reúnen una
vez al año al menos.
En 2006, los Acuerdos de Córdoba que son los
llamados acuerdos no normativos (acuerdos
entre caballeros) se llevan a cabo unas cuestiones sobre el espacio aéreo
porque se ha llevado a cabo algunas violaciones en cuestión aérea. Por lo
tanto, se hace fin a las restricciones del uso del espacio aéreo español por
aeronaves civiles:
- Sustituye a la Declaración conjunta de Londres (1987)
- Restricciones sobre vuelos militares se mantienen salvo ejercicios OTAN.
- Construcción de una sola terminal en la parte Sur, con un voladizo que cae sobre territorio español en el que autoridades españolas ejercen sus funciones de control del espacio Schengen.
- En el 19 de Diciembre de 2006, se hace el primer vuelo Madrid- Gibraltar.
- Además, se estableció que en cuestión de telecomunicaciones, España incrementa el número de teléfonos disponibles para Gibraltar:
- Accesibles desde red española.
- Facilitar acuerdos de itinerancia.
- Marcación directa a Gibraltar en 2007.
Respecto a las pensiones, antiguos trabajadores
españoles en Gibraltar que perdieron sus empleos por cierre verja en 1969
percibirán sus pensiones (residentes en la UE): Incluye
beneficiarios, tales como viudas, pero no cubre herederos o pensionistas. Pago
de una cantidad global o pensión tradicional del fondo de pensiones del RU.
Se crea el instituto
Cervantes en Gibraltar y surgen correlativamente otros temas de diálogo, como
el acceso de los submarinos, cooperación medioambiental, prevención
contaminación marina, cooperación materia cultural y deportiva, policial y
judicial, etc.
En definitiva, como
podemos observar en la actualidad, este conflicto que comenzó en 1713 continua
hoy día, tras años y años luchando los españoles por lo que es nuestro, tan
sólo cabe preguntarnos ¿cómo terminará todo este asunto? Espero que tanto los
políticos como la monarquía española sepa poner el asunto en manos de asesores
y personas con conocimientos jurídicos que realmente sepan dar una solución y
luchen por lo que es justo.
Comentarios
Publicar un comentario