La Filosofía Moral y J. Rawls
![]() |
Los Simpson y la Filosofía |
En los años 70 aparecieron
tres conceptos fundamentales dentro del campo de la ética para dar respuesta a
diferentes cuestiones y problemas éticos: la filosofía moral, la metaética y la
ética aplicada. Estos tres conceptos son diferentes niveles y desarrollan
diferentes funciones dentro de la ética, los cuales si queremos entender su
función y aplicarlos de una manera correcta no los debemos mezclar. De manera
que si tratamos un problema que necesita una respuesta inmediata, estaremos haciendo
una ética aplicada. La metaética hace más hincapié en el
lenguaje, en que hay que clarificar los conceptos. Y por último, la filosofía moral señala
la vinculación que existe entre los problemas prácticos y un determinado
sistema filosófico.
Además de reflejar dichos
conceptos diferentes niveles dentro de la ética, también han sido etapas de un
proceso de reflexión de la ética y de sus contenidos.
En este post me voy a
centrar concretamente en la Filosofía moral para enlazarlo después con un gran
pensador y filósofo: Rawls.
¿Qué es la
filosofia moral? ¿A qué nos referimos los filósofos cuando hablamos de
filosofia moral? En primer lugar hemos de tener en cuenta que la filosofía
moral es una rama de la filosofía práctica,es decir, la que se relaciona con la
acción. Así, tenemos tres tipos de filosofías prácticas puesto que son tres
filosofías que se ocupan de las acciones: la filosofía moral, la filosofía del
derecho y la filosofía política.
El matiz diferenciador entre
las diferentes ramas está en quién es quién regula esa acción y qué tipo de
acción regula, por tanto, podremos decir que la filosofía moral se ocupa, por
un lado, de lo que es bueno, correcto y/justo, y por otro lado, se ocupa de la
normatividad, es decir, de lo que debe ser. Esto se puede traducir en:
· De manera general à en principios.
· De manera específica àen reglas.
La filosofía moral tiene una
cierta reflexividad, un modo diferente de referirse a los problemas. ¿qué es lo
que la diferencia de las demás filosofías prácticas? Pues que tiene un punto de
vista diferente al de la filosofía del derecho o al de la filosofía política,
ese punto de vista diferente es: el
punto de vista moral.
Así, la conexión entre
teoría y práctica varía. En caso de la filosofía moral, cuanta más teoría,
menos cercana estará a la práctica. Este punto de vista moral sería la
universalización, donde las normas serían lo que todos aceptarían para todos.
Esto sirve para someter a crítica nuestras soluciones y para establecer normas.
Vamos a centrarnos a
continuación en la ética de Rawls, es la denominada Ética Nocontractualista:
Su autor
como ya he mencionado es J. Rawls. La gran obra de Rawls es Teoría de la justicia. En ella, pretende ofrecer y
justificar racionalmente principios sustantivos (“materiales”) de justicia
capaces de orientar las instituciones públicas, las normas jurídicas e incluso,
indirectamente, los comportamientos individuales.
La Teoría de la justicia es una obra muy densa.
Los cuatro puntos centrales de esta obra son:
1)
La posición original u originaria:
Es el punto de partida de su reflexión y el
contexto donde se eligen los principios de justicia.
Es un diseño hipotético mental en el que hay
que situarse para establecer un procedimiento para elegir unos principios de
justicia que regulen. Para que estos principios sean justos – es decir y según
Rawls, imparciales – el mejor modo de garantizar la justicia (la imparcialidad)
sería aplicar a los individuos un “velo de ignorancia”. Gracias a ese velo de
ignorancia, los hombres ignoraran las particularidades, conociendo simplemente
las generalidades, pues que:
- Saben cómo funcionan la sociedad.
- Tienen un sentido innato de la justicia.
- Saben cuáles son los bienes primarios que buscan los individuos (salud,
status,...).
Estos sujetos son racionales y autointeresados,
es decir, no harán leyes que vayan en su contra. Al relacionar estas
características individuales, podrán desarrollar principios justos,
imparciales, porque como no saben cuáles son sus particularidades harán normas
que sean lo más imparciales posibles e igualitarias para todos, sin
discriminaciones, puesto que una vez levantado el velo si hacen normas que
beneficien a unos y perjudiquen a otros, pueden encontrarse en la situaición
que sean ellos los perjudicados. Por ello, al saber su posición intentarán ser
lo más imparciales posibles.
2)
Principios de justicia:
Se pretende superar el modelo ético y
político dominante: el utilitarismo. De la posición original, emanan dos
principios de justicia: el principio de la igual libertad y el principio de la
diferencia.
“Las
desigualdades sociales y económicas han de ser estructuradas de manera que sean
para mayor beneficio de los menos aventajados, de acuerdo con un principio de
ahorro justo”.
Estas elecciones serían consecuencia del
autointerés. Esto sería la concreción del ideal de “fraternidad” propuesto en
la Revolución Francesa. Este principio garantizaría el deseo que tienen los
hombres de no tratarse como meros medios sino como fines en sí. Por ello se
dice que la ética de Rawls es una reinterpretación de la concepción moral de la
persona de Kant.
3)
Crítica al utilitarismo:
El utilitarismo tiene como principio regulador “la
mayor felicidad para el mayor número posible de individuos”. Sus normas se
basan en ese principio.Rawls considera inaceptable este principio porque, así,
una minoría podría ser usada, utilizada,... para conseguir la felicidad de la
mayoría. Para el utilitarismo, eso no sería injusto. Para el utilitarismo, lo
más importante es el bienestar de la mayoría. Rawls considera que este principio
del utilitarismo no sería nunca elegido en la posición original; por lo tanto,
es injusto.
La justicia social es la que beneficia al grupo y
serían justas aquellas instituciones que producen el mayor bien posible, por lo
cual se requieres una especie de cálculo con el que podamos calibrar las
pérdidas y ganancias de bienestar en la sociedad.
El utilitarismo supone que las privaciones de algunos
se pueden compensar en con un mayor bien para todos, para la mayoría.
Rawls indica que esto sería injusto ya que considera
que los derechos fundamentales de los individuos no pueden estar sujetos a
cálculos y regateos de intereses sociales y satisfacciones generales.
4) Reinterpretación de Kant:
Rawls reinterpreta cuatro puntos del pensamiento
kantiano:
1.- El imperativo
categórico: para Kant, el imperativo categórico tiene varias
formulaciones (principio de universalidad, principio de dignidad,...). Serían
aquellos imperativos universales e incondicionales, que siempre se han de
cumplir. Rawls reinterpreta este imperativo categórico convirtiéndolos en
principios de justicia (que también serían universales, incondicionales,...).
2.- Los seres
noumenales: Para Kant, los seres noumenales son aquellos sujetos que
eligen su acción inspirados en la razón y no en circunstancias sociales,... los
seres humanos, según Kant, tienen dos dimensiones: (1) Enoménica: se
refiere a las leyes físicas, de la Naturaleza,... a las que están sometido el
ser biológico; (2) Nouménica: se
refiera a que sólo el hombre tiene una capacidad reflexiva, una razón que guía
su comportamiento. Así, nos podemos someter voluntariamente a las leyes morales.
Para Rawls, estos seres serían los
sujetos situados en la posición original y que eligen los principios, desde la
razón, sin conocer particularidades.
3.- El reino de los
fines: para Kant, el
reino de los fines manifiesta un tipo de sociedad donde se regulan los
comportamientos respetando a las personas como fines en sí mismas. Es un ámbito
social donde ser trata a las personas como fines en sí. Para Rawls, la sociedad
regulada por los principios de justicia sería una sociedad de fines. El
principio de la diferencia garantiza el reino de los fines. Para Rawls, el
reino de los fines sería, por un lado, la posición originaria y, por otro, una
sociedad regida por los principios de justicia.
4.- La autonomía: para Kant, ser
autónomo es que la norma se auto-impone a uno mismo (es decir, se da a sí mismo
las normas y por eso las obedece). Existe una conexión entre obediencia y
autonomía, ya que ser libre sería cumplir la norma, obedecer la norma. Para
Rawls, ser libre sería obedecer los principios de justicia ya que libremente
han sido elegidos por el propio individuo.
Por último comentaros que Rawls distingue dos tipos de autonomía:
Por un lado la autonomía racional, que sería la que
siguen los miembros de la posición originaria. Ser racionales supondría ser
conscientes del autointerés. A la hora de deliberar para elegir principios de
justicia, sería buscar algo que no nos perjudique. Este tipo de autonomía no
está presente en Kant.
Por otro lado, la autonomía plena, es la autonomía del
sujeto que está en la sociedad y que acepta una serie de principios que
cumpliría (ya que los elegiría si estuviera en la posición originaria). Sería
aceptar los principios de justicia. Este tipo de autonomía sí está presente en
Kant.
En la segunda mitad del s.XX, con las éticas
neoconstructivista, dialógica y cristiana se ha tratado de dar fundamentos racionales
a los criterios morales, cosa que las éticas emotivista y existencialista no
consiguieron y sumieron a la ética en una crisis por ello, al considerarlo
imposible.
El modelo neoconstructivista, el modelo dialógico y el
modelo cristiano tienen que combatir los mismos enemigos: relativismo,
subjetivismo, emotivismo, consecuencialismo,... Todos estos modelos menguan o
disminuyen la potencia de la razón para encontrar principios éticos.
Espero que os haya sido útil este planteamiento sobre la Filosofía moral y de Rawls unos de los grandes filósofos que hizo grandes aportaciones a la misma.
Este post se lo quiero dedicar a todos aquellos juristas que sienten una gran atracción por la filosofía y la reflexión, en especial a mis compañeros y compañeras de Derecho, porque si algo me han demostrado durante la carrera es que filosofar, reflexionar, argumentar, en definitiva, pensar con criterio no es sólo cosa de filósofos.
Gracias por todo, un fuerte abrazo, con todo mi cariño, Leticia Latorre Luna.
Comentarios
Publicar un comentario